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lunes, 30 de julio de 2012

Un envío al mes a 3€ con MRW para famílias numerosas




Para familias numerosas, españolas o residentes en España. Un envío urgente al mes de un único bulto. Precio: 2 euros (IVA incluido).

El remitente del envío aportará 1 euro adicional que se destinará a proyectos solidarios locales canalizados a través de la Fundación MRW.

¿A quién va dirigido?

  • Exclusivo para familias numerosas que aporten su carnet oficial, que reconoce la condición de familia numerosa.
  • La familia numerosa únicamente puede ser remitente del envío.

¿Dónde se entrega y recoge?

  • Este servicio se entrega y recoge en las oficinas de MRW. En caso de que no pueda desplazarse hasta la oficina de MRW para entregar o recoger su envío, descargue, en esta página, una autorización en PDF para que otra persona lo haga en su nombre.

¿Cuándo se recoge?

  • El envío llegará a destino al día siguiente antes de las 19 h y estará preparado para recoger en la oficina MRW. No obstante, en la mayoría de las oficinas MRW podrán entregárselo incluso antes del cierre del mediodía (su oficina MRW le podrá indicar el horario de entrega aproximado).

Destinos

  • Andorra, España, Gibraltar y Portugal.

Peso máximo y excesos

  • Hasta 5 kilos en Andorra, España peninsular, Gibraltar y Portugal.
  • Hasta 2 kilos en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
  • En todos los destinos la suma del alto, largo y ancho del paquete no puede exceder de 1 metro.
  • En el caso de que el envío sobrepase estos límites, se abonará una tarifa de 5,54 € + IVA por cada fracción de 5 ó 2 kg siguientes, o cada fracción de 50 cm, hasta alcanzar el máximo de peso y medidas (40 kg y 250 cm).

Frecuencia

  • 1 envío al mes, para permitir que el máximo número de personas pueda beneficiarse de los envíos MRW Solidario (No acumulable con otros envíos MRW Solidario).

Precio

  • El precio del envío MRW Solidario será 2 € (IVA incluido) que abonará siempre el remitente del envío.
  • Se solicitará además la aportación de 1 € Solidario que se destinará a proyectos solidarios locales canalizados a través de la Fundación MRW.

Documentación a aportar

  • La familia numerosa deberá presentar el DNI/NIE y un documento oficial original que acredite su condición (carnet de familia numerosa o libro de familia numerosa). En el caso que presenten una fotocopia de dichos documentos, ésta debe ser compulsada (no se aceptará fotocopia del documento compulsado).

Recogidas y/o entregas en domicilio

  • Recogida y/o entrega en domicilio. El precio de este envío será de 5,54 € + IVA, más el cargo de combustible y kilometraje correspondiente.
  • Se solicitará además la aportación de 1 € Solidario que se destinará a proyectos solidarios locales canalizados a través de la Fundación MRW.

Fletes

  • Los envíos con origen y/o destino Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, tendrán un flete adicional (a consultar con su oficina MRW).

Garantías, tránsito aduanero, devoluciones

  • Se beneficiarán de las mismas garantías aseguradoras y niveles de calidad que ofrecen el resto de servicios MRW.
  • En caso que un envío llegue con demora se indemnizará con un cupón gratuito.
  • Si un envío debe devolverse al remitente pasados los 15 días (por destinatario ausente, dirección incorrecta...), el remitente deberá abonar 5,54 € + IVA.
  • Los envíos con tránsito aduanero se deberán declarar correctamente, teniendo en cuenta que aquellos cuyo contenido sean libros y su peso sea superior a 5 kg deberán ir declarados como muestras. Los impuestos y arbitrios no son gratuitos, deberán ser abonados por el remitente del envío a tarifa normal/vigente.
  • Las prestaciones complementarias deberán ser abonadas por el remitente del envío a tarifa normal/vigente.

En caso de no poder, personalmente, acercarse a una oficina MRW para emitir o recibir su envío MRW Solidario, le ofrecemos la posibilidad de que otra persona pueda realizarlo en su nombre, aportando para ello esta plantilla de autorización previamente cumplimentada.
Plantilla autorización MRW Solidario
 

jueves, 26 de abril de 2012

Tarjeta Superfamilias de Carrefour

Esta semana empieza a funcionar la tarjeta superfamilias de Carrefour dirigida a familias numerosas.

Es una tarjeta de plástico muy finito unipersonal que te hace descuentos en compras de productos frescos (8% de IVA en carnicería, pescadería, charcutería y panadería y el 4% de IVA en frutas, verduras, quesos, huevos y pan).



Más información en:

jueves, 8 de diciembre de 2011

III Concurso de Belenes AVAFAM


Inscripciones hasta 31 de Diciembre 2011.
Para participar en el Concurso adjuntar dos fotografías:
  • Vista del portal
  • Conjunto del Belen con los niños de la familia.
Mandar por correo electrónico avafaminfo@gmail.com las fotos, también las pueden traer o mandar por correo postar a la C/ En Sanz, 1 – 6  46001-Valencia
Datos de la familia:Nombre completo, DNI y teléfono de contacto.
Primer Premio valorado en 100 Euros
Segundo Premio valorado en 75 Euros
Tercer Premio valorado en 50 Euros
El Jurado dará a conocer los ganadores el 10 de Enero.

sábado, 19 de febrero de 2011

Ayudas para Familias Numerosas (Ayuntamiento de Mislata)

- Impuesto sobre Bienes e Inmuebles (IBI).
Actualizada por Decreto de la Alcaldía de 08-01-2010, por aplicación de la Ley de Presupuestos de 2010.


1. Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del impuesto los sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familias numerosas en la fecha del devengo correspondiente al periodo impositivo de aplicación y respecto de los inmuebles que constituyan su vivienda habitual familiar, por las cuantías anuales que a continuación se indican, siempre que el valor catastral del inmueble no supere los importes también señalados:

- Familia numerosa de 3 hijos o de 2 hijos se le ha reconocido la condición de familia numerosa en aplicación de la normativa, 30% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 163.065,21- € de valor catastral.
- Familia numerosa de 4 hijos, 45% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 173.367,21- € de valor catastral. 
- Familia numerosa de 5 hijos, 60% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 183.669,21,- € de valor catastral.
Familia numerosa de 6 hijos, 75% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 193.971,21,- € de valor catastral.
- Familia numerosa de 7 hijos o más, 90% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 204.273,21-€ de valor catastral.

2. La citada bonificación tiene carácter rogado, por lo que los interesados deberán instar el beneficio al Ayuntamiento, siendo para ello necesaria la presentación de la solicitud para su concesión que surtirá efectos desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite

La solicitud que debe presentarse en el Registro de Entrada de este Avuntamiento, deberá ir acompañada de fotocopia compulsada del titulo de familia numerosa y documento que identifique el inmueble para el que se solicita la bonificación v su referencia catastral

"Se puede recoger el impreso en Gestión Tributaria en el primer piso del Ayuntamiento de Mislata o descargarlo en este blog. Se entrega en el Registro Municipal en la planta baja ".


En el supuesto de que dos o más inmuebles constituyan la vivienda habitual familiar, sólo se podrá aplicar la bonificación a uno de ellos, a cuyo efecto en la solicitud de bonificación se indicará a cual se desea aplicar. En el caso que el contribuyente deseé cambiar el inmueble bonificado deberá solicitarlo al Ayuntamiento, que acordará la aplicación de la bonificación al inmueble señalado con efectos para el siguiente período impositivo al que se produce la solicitud. Se considera familia numerosa a los matrimonios homosexuales, las parejas de hecho y las unidades monoparentales si así lo reconoce el órgano competente de la Generalitat Valenciana a través de la concesión del título de familia numerosa. 

3. Una vez otorgado el beneficio se prorrogará por los periodos impositivos siguientes en los que el sujeto pasivo mantenga la condición de titular de familia numerosa y por la cuantía anual que corresponda según lo establecido en el apartado 1, siempre que se justifique la renovación del título de familia numerosa o documento que acredite haberse solicitado su renovación en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de su caducidad antes del 1 de enero del año correspondiente al período impositivo de aplicación del beneficio y se identifique el inmueble mediante su referencia catastral. 

4. La no presentación de la citada documentación en el plazo establecido implicará la pérdida de dicho beneficio, sin perjuicio de poder justificarse nuevamente para periodos impositivos siguientes mediante la presentación de la referida documentación. 

5. La variación de domicilio que constituya la vivienda habitual familiar deberá comunicarse a este Ayuntamiento mediante la presentación de nueva solicitud de beneficio fiscal. 
La no comunicación de dicho cambio durante el período impositivo en que tenga lugar el mismo, determinará la pérdida del beneficio fiscal respecto del inmueble que constituya la nueva vivienda habitual familiar.

6. El limite de valor catastral de los inmuebles bonificados, que se fija en el punto primero, se actualizará todos los ejercicios, mediante la aplicación sucesiva del coeficiente de actualización de valores catastrales que fije la ley de Presupuestos del Estado. 


Impreso de solicitud: 
http://uploaded.to/file/ntzl1msc
http://www.mediafire.com/?08j28595bx9xhq0


viernes, 28 de enero de 2011

Qué hacer cuando nace un niño

Muchos son los documentos y lugares a los que hay que ir para tener todos los trámites tras el nacimiento de un hijo. Os voy a comentar, por orden, los que hice yo en enero de 2011. 

- Tarjeta SIP del niño
- Inscribir en el Registro Civil (Libro de Familia)
- Certificados de empresa y/o SERVEF.
- Parte de baja en el médico de cabecera.
- Carnet de Familia Numerosa (si es el caso)
- Inscribir en el INSS

Información de la Prestación de Paternidad: Pulsa aquí.
Información de la Prestación de Maternidad: Pulsa aquí.

La tarjeta SIP ahora se obtiene en el mismo hospital donde nace el niño, es el primero de todos los trámites y hay que hacerlo antes de volver a casa, porque es un requisito para hacer la prueba del talón (que se hace en el mismo hospital).
Documentos: Para solicitarla hay que ir con la tarjeta SIP original de ambos padres y rellenar la solicitud.

Para inscribir en el Registro Civil, en nuestra localidad tienen que acudir el padre y la madre, además en un horario muy reducido (de 9 a 11 h). Una vez inscrito te dan el libro de familia o añaden el nuevo miembro al libro ya existente. Hay que hacerlo en un plazo de 30 días desde el nacimiento.
Documentos: DNI original de ambos padres. (Si la dirección no coincide en ambos DNIs, hay que llevar un certificado de empadronamiento).
- Rellenar la hoja de estadística.
- Llevar rellenada la hoja amarilla que te dan en el hospital, que firma la matrona que asiste al parto, que es  el "Cuestionario para la declaración de nacimiento en el Registro CIvil".
- Llevar un certificado del hospital como que no lo han inscrito en ningún otro Registro Civil.
- Si se posee, llevar el Libro de familia.

Los padres trabajadores deberán ir a la empresa a pedir el certificado de empresa con las bases de cotización, y los que estén cobrando del paro o estén de baja tendrán que ir al SERVEF a pedir la documentación necesaria.
El modelo de certificado de empresa te lo puedes bajar de Internet en la web del servef.


Hay que pedir cita para el médico de cabecera para que te dé el parte de baja, para solicitar la prestación por maternidad. Y de paso se pide cita para el bebé para la revisión de los 15 días.

Si además cumples con los requisitos de familia numerosa, tendrás que ir a la Consellería de Bienestar Social para hacerte el carnet de familia numerosa. Nos darán el número con el que poder ir al INSS para solicitar la baja de paternidad (que para las familia numerosas es de 20 días). 
Documentos: Rellenar dos impresos de solicitud.
- DNI original de ambos padres y copia.
- Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la familia.
- Original del Libro de Familia y copia.

Para inscribir en el INSS al hijo y pedir las prestaciones de Paternidad y Maternidad, hay que llevar:
- Solicitud de Maternidad y Paternidad firmadas cada uno la suya.
- DNIs originales.
- LIbro de Familia.
- Certificados de empresa y/o documentos del SERVEF.
- Si se es familia numerosa, mostrar el carnet o documento de que se ha solicitado.