lunes, 27 de junio de 2011

www.viajarsingluten.com


En esta wen podrás encontrar: 
Restaurantes, Bares, Tapas y Cafeterías, Pastelerías, Tiendas Sin Gluten, Hoteles, Casas Rurales, Campings y Albergues sin gluten para celíacos.

Todavía no hay muchas referencias pero poco a poco se irán concienciando.

domingo, 19 de junio de 2011

Anécdota de cuando estaban muy cansadas

Mis hijas de 4 y 2 años al volver de la fiesta de fin de curso del colegio de Cristina (la mayor), eran las 23:55 de la noche.


Dice Cristina: 


- Mamá, estoy muy cansada, esta noche me voy a dormir sin cuento ¿vale?


y dice Teresa:


- Mamá, yo también estoy muy cansada ¿me puedes poner la tele?


viernes, 27 de mayo de 2011

Safari Aitana "Una aventura por descubrir"

Me acaban de comentar una excursión para realizar en famíla en el Safari Aitana. Después de ver la información de la web no tardaré mucho en hacerla con toda mi familia.

Safari Aitana se encuentra dividido en 2 grandes áreas:
  1. El safari, que tiene una extensión de 7 kilómetros que se pueden recorrer en coche. Los animales están en plena libertad y cada especie tiene su zona. Por motivos de seguridad, algunos tramos del recorrido se encuentran vallados, por ejemplo en el caso del territorio de leones y tigres.
  2. El dacktary es un área que se visita caminando, los animales se encuentran en jaulas o en recintos acotados. Allí se puede observar a cachorros que necesitan cuidados especiales. Además, dispone de una zona de juegos y otra de picnic.
 Hay visitas guiadas a las 11 y a las 15h.

Los precios son:
  • Niños hasta 3 años: GRATIS
  • Niños de 4 a 10 años: 12 €
  • Niños a partir de 11 años y adultos: 17 €
En la web puedes imprimir además un bono descuento del 10%.

 horarios y tarifas

domingo, 1 de mayo de 2011

Anécdota del panecillo

Mi hija de 4 años en un convite de boda...


Mira al panecillo que tenia delante y dice:


- ¿A este pan no le falta la mezcla?



jueves, 28 de abril de 2011

Anécdota del veo-veo (24-4-2011)

Cristina y Teresa jugando con nosotros al veo-veo en el coche.
Jugamos a silabas en lugar de una letra solo porque sino es muy difícil para ellas.
Le toca a Cristina (4 años) y responde Teresa (2 años).


- Veo, Veo
- ¿Qué ves?
- Una cosita
- ¿Qué cosita es?
- Empieza por la letrita MU.
- Teresa piensa un segundo y dice:   ¡VACA!

sábado, 19 de febrero de 2011

Ayudas para Familias Numerosas (Ayuntamiento de Mislata)

- Impuesto sobre Bienes e Inmuebles (IBI).
Actualizada por Decreto de la Alcaldía de 08-01-2010, por aplicación de la Ley de Presupuestos de 2010.


1. Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del impuesto los sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familias numerosas en la fecha del devengo correspondiente al periodo impositivo de aplicación y respecto de los inmuebles que constituyan su vivienda habitual familiar, por las cuantías anuales que a continuación se indican, siempre que el valor catastral del inmueble no supere los importes también señalados:

- Familia numerosa de 3 hijos o de 2 hijos se le ha reconocido la condición de familia numerosa en aplicación de la normativa, 30% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 163.065,21- € de valor catastral.
- Familia numerosa de 4 hijos, 45% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 173.367,21- € de valor catastral. 
- Familia numerosa de 5 hijos, 60% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 183.669,21,- € de valor catastral.
Familia numerosa de 6 hijos, 75% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 193.971,21,- € de valor catastral.
- Familia numerosa de 7 hijos o más, 90% de bonificación en la cuota íntegra, si la vivienda no supera los 204.273,21-€ de valor catastral.

2. La citada bonificación tiene carácter rogado, por lo que los interesados deberán instar el beneficio al Ayuntamiento, siendo para ello necesaria la presentación de la solicitud para su concesión que surtirá efectos desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite

La solicitud que debe presentarse en el Registro de Entrada de este Avuntamiento, deberá ir acompañada de fotocopia compulsada del titulo de familia numerosa y documento que identifique el inmueble para el que se solicita la bonificación v su referencia catastral

"Se puede recoger el impreso en Gestión Tributaria en el primer piso del Ayuntamiento de Mislata o descargarlo en este blog. Se entrega en el Registro Municipal en la planta baja ".


En el supuesto de que dos o más inmuebles constituyan la vivienda habitual familiar, sólo se podrá aplicar la bonificación a uno de ellos, a cuyo efecto en la solicitud de bonificación se indicará a cual se desea aplicar. En el caso que el contribuyente deseé cambiar el inmueble bonificado deberá solicitarlo al Ayuntamiento, que acordará la aplicación de la bonificación al inmueble señalado con efectos para el siguiente período impositivo al que se produce la solicitud. Se considera familia numerosa a los matrimonios homosexuales, las parejas de hecho y las unidades monoparentales si así lo reconoce el órgano competente de la Generalitat Valenciana a través de la concesión del título de familia numerosa. 

3. Una vez otorgado el beneficio se prorrogará por los periodos impositivos siguientes en los que el sujeto pasivo mantenga la condición de titular de familia numerosa y por la cuantía anual que corresponda según lo establecido en el apartado 1, siempre que se justifique la renovación del título de familia numerosa o documento que acredite haberse solicitado su renovación en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de su caducidad antes del 1 de enero del año correspondiente al período impositivo de aplicación del beneficio y se identifique el inmueble mediante su referencia catastral. 

4. La no presentación de la citada documentación en el plazo establecido implicará la pérdida de dicho beneficio, sin perjuicio de poder justificarse nuevamente para periodos impositivos siguientes mediante la presentación de la referida documentación. 

5. La variación de domicilio que constituya la vivienda habitual familiar deberá comunicarse a este Ayuntamiento mediante la presentación de nueva solicitud de beneficio fiscal. 
La no comunicación de dicho cambio durante el período impositivo en que tenga lugar el mismo, determinará la pérdida del beneficio fiscal respecto del inmueble que constituya la nueva vivienda habitual familiar.

6. El limite de valor catastral de los inmuebles bonificados, que se fija en el punto primero, se actualizará todos los ejercicios, mediante la aplicación sucesiva del coeficiente de actualización de valores catastrales que fije la ley de Presupuestos del Estado. 


Impreso de solicitud: 
http://uploaded.to/file/ntzl1msc
http://www.mediafire.com/?08j28595bx9xhq0